Credito Fiscal SePyME

En que consiste el Crédito Fiscal para Capacitación?
Programa administrado por la Sub secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa -SePyME , destinado a capacitar a las micro, pequeñas y medianas empresas. Una de las modalidades ( ver grafico ) permite a grandes empresas ceder esta capacitación a sus concesionarias o distribuidores ( siempre que sean Pymes ) para construir su cadena de valor .
Pueden hacer uso de este programa las Pymes para si mismas con esquemas individuales y asociativos .
El objetivo es que los empresarios y sus equipos de trabajo puedan capacitarse en las temáticas que consideren necesarias y recuperar hasta el 100% del gasto en forma sencilla y rápida
Las actividades de capacitación, podrán incluir capacitación teórica y práctica con cualquier metodología conocida.
Procedimiento
Hemos diseñado un procedimiento ágil y flexible, para que todas las empresas pymes del país puedan acceder a este beneficio. El procedimiento es muy sencillo y consta de sólo 3 etapas: presentación de preproyecto, ejecución, rendición y reintegro.
Presentación de Proyectos
Elaboramos un pre-proyecto de capacitación, en base a sus objetivos y necesidades, que incluya la/s actividad/es de capacitación que coadyuven al cumplimiento de los mismos y se presentan a través de un sistema informático, disponible en página Web.
Si el preproyecto fuera viable, se solicita la documentación respaldatoria. En caso de no ser viable, se le notificará la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación (en caso de ser posible).
Una vez aprobado el pre-proyecto y presentada la documentación respaldatoria se aprueba el proyecto y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación.
Reintegro
Via certificado de Crédito Fiscal . Este certificado de Crédito Fiscal es endosable, no tiene fecha de vencimiento y la empresa puede aplicarlo al pago de impuestos nacionales ( Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.).
Quiénes pueden ser Beneficiarios de la capacitación?
Las empresas PyMES beneficiarias deberán acreditar su condición de pyme de acuerdo a la disposición vigente.
Vea tambien esta documentacion . . .
- Nota del Cronista Comercial
- Nota INFOBAE
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Nuevo !! Año 2011 - Vea en este documento Como deducir la capacitacion de su personal de IVA y Ganancias mediante Credito Fiscal

